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La Corte declara inconstitucional requisito de Pemex para pensión por deceso

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional un requisito de Petróleos Mexicanos (Pemex) que obligaba a los trabajadores a registrar previamente a la persona beneficiaria para que pudiera acceder a una pensión por fallecimiento, aun cuando existiera un vínculo familiar directo. La resolución se dio este martes tras analizar un caso específico.

El fallo invalida el artículo 4 del Reglamento del Contrato Colectivo de Trabajo de Pemex, el cual fue considerado contrario al derecho a la seguridad social y a la protección de la familia, al anteponer un trámite administrativo sobre el lazo familiar.

SCJN invalida requisito de Pemex para otorgar pensión

El caso llegó al Alto Tribunal luego de que una mujer solicitara la pensión tras el fallecimiento de su esposo, trabajador de Pemex. La empresa negó el beneficio debido a que ella no aparecía expresamente en la lista de beneficiarios, pese a ser su cónyuge legal.

Durante la sesión, el ministro Arístides Guerrero García explicó que el objetivo central de la seguridad social es proteger a la familia y no imponer barreras burocráticas.

“El objetivo de la seguridad social es que la familia no quede desamparada y, por lo tanto, no se le debe dejar de reconocer ese derecho a la viuda”, afirmó el ministro.

La SCJN prioriza el vínculo familiar sobre trámites administrativos
Guerrero García subrayó que la declaración de beneficiarios no genera derechos, sino que funciona únicamente como un mecanismo de control interno.

UNOTV.COM

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