La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha reducido a la mitad el monto del aguinaldo para pensionados en Zacatecas, de 60 a 30 días, con el objetivo de garantizar la suficiencia presupuestaria del Instituto de Seguridad Social del estado.
- Detalles de la decisión:
- La reducción del aguinaldo no es inconstitucional, según la Corte, ya que se trata de una medida razonable y no arbitraria.
- La medida no se aplicará de forma retroactiva, es decir, solo afectará a quienes se pensionen después de la entrada en vigor de la reforma.
- Quienes ya contaban con una pensión reconocida conservan el derecho al aguinaldo bajo las condiciones previas.
- Invalidación de artículos:
- La SCJN invalidó los artículos 128 y 128 bis de la ley estatal, que condicionaban el otorgamiento de prestaciones y obligaciones a la capacidad financiera y reserva técnica del Instituto, por considerar que generan un riesgo de afectación desproporcional al derecho a la seguridad social.
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